REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-018576
Los ciudadanos SILVERIO ALVAREZ y BERQUIS COROMOTO EVIES MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.734.410 y 5.256.431 respectivamente, de este domicilio, manifestaron estar separados, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicitan el Divorcio. Acompañaron Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 14 de Noviembre de 2.007, se ordenó la comparecencia de ambos cónyuges, a fin de ser identificados por el Tribunal y para que ratifiquen la presente solicitud. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos SILVERIO ALVAREZ y BERQUIS COROMOTO EVIES MARTINEZ, por ante La alcaldía del Municipio Catedral del estado Lara, en fecha 24 de Agosto de 1.979. De dicha unión matrimonial procrearon dos hijos, ya mayores de edad. Ofíciese a la Alcaldía de Catedral del Estado Lara y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los once días del mes de Abril de dos mil ocho. Años. 197° y 149°.
El Juez., La Secretaria
Abog. Harold Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero
HPB/LAA/Luigi.- La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto a su original. Fecha Ut-Supra.
LA SECRETARIA
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