REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-003474

Vista la solicitud que precede suscrita por el ciudadano LUIS ALFREDO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-11.881.633, y de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 40.000.000,00) equivalente a CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 40.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano LUIS ALFREDO DURAN, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CALLE 4 CON CARRERA 3, URBANIZACION “LA CHATA”, SECTOR EL CUJÍ, EN BARQUISIMETO, PARROQUIA EL CUJÍ, DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, con los siguientes linderos: NORTE: En línea recta de Veinte Metros (20 Mts) con cerca de bloque con Terrenos ocupados por la Sra. Luz Marina Ramos; SUR: En línea recta de Veinte Metros (20 Mts) con la Calle 4 con Carrera 3, con Terrenos ocupados por la Sra. Carolina Colina; ESTE: En línea recta de Doce Metros (12 Mts) con cerca de bloques de su propiedad con Terrenos ocupados por la Sra. Dilcia Querales; y OESTE: En línea recta de Doce Metros (12 Mts) con cerca de alfajor con Terrenos ocupados por Ivan Amaro. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
El Juez, La Secretaria.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
HRPB/LAAE/jysp.