REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-004229
Vista la solicitud presentada por la ciudadana, MARY JOSEFINA CORDERO TORREALBA, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° V-7.423.120, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Cordeo; El Sector La Cruz, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide aproximadamente CUATROCIENTOS TERINTA Y DOS METROS CUADRADO (432 MT2) alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con bienhechurías de José López, SUR: Callejón Interno, ESTE: Con terrenos ocupados por Oswaldo López y OESTE: Con bienhechurías de Oswaldo Colmenarez. Dichas bienhechurías consistentes en: cerca de alambre púas con estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (BF. 5.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MARIA PERDOMO Y LICEDY QUERO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana MARY JOSEFINA CORDERO TORREALBA, ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria Acc.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica
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