REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : KN02-X-2008-000003
Vista el Acta de Inhibición, suscrita por el Abg. MARTIN ENRIQUE BONILLA ALVARADO, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren del Estado Lara, en juicio por DESALOJO que sigue VICTOR ALEXANDER BORJAS FARIA contra DOMINGO ALEJANDRO MANSSUR RAAD y ALEXANDRA DEL VALLE BASTIDAS, en la cual manifiesta que: “… Me inhibo de conocer la presente causa signada con el No. KP02-V-2007-004154 por cuanto existe Amistad entre mi persona y el ciudadano VICTOR ALEXANDER BORJAS FARIAS, quien actúa en la misma como demandante. Dicha inhibición la fundamento en el ordinal 12 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.- ...”.- Ahora bien, por cuanto la confesión del inhibido en dicha acta, de no conocer en la presente causa, lo releva de pruebas y evidencia que está incurso en la causal del Artículo antes mencionado, la inhibición objeto de esta consulta es conforme a derecho y en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Edo. Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR por estar hecha en debida forma y basada en causa legal.
Insértese este inhibición en el Libro de Control de Inhibiciones que se lleva, según decreto de fecha 22-04-87,de este Despacho y remítase con oficio, copia certificada de esta decisión al Juez Inhibido a los fines legales consiguientes.-
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase otra copia certificada de esta Inhibición para ser agregada al Libro respectivo.-
REGISTRESE Y PUBLIQUESE
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los tres (03) días del mes de Abril del año dos mil ocho (2008) Años: 197° y 149°. *bp*

El Juez



Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.


Abg. Roger Adán Cordero