REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KH02-X-2008-000019
DEMANDANTE: YADAN JOSE GARCIA GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.239.734, y de este domicilio.
APODERADOS: DELIA C. RIVERO DE CESAR y PEDRO JOSE CESAR GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 20.584 y 60.356, respectivamente, y de este domicilio.
DEMANDADO: ARMANDO TORCATE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.729.597, de este domicilio, en su condición de propietario y conductor del vehículo Nº 1.
DEFENSORA AD-LITEM: JUANA ESPERANZA GIL, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.150.
MOTIVO: Inhibición en juicio por Indemnización de Daños y Perjuicios Derivados de Accidente de Tránsito.
SENTENCIA: Interlocutoria
EXPEDIENTE: 08-1077 (KH02-X-2008-000019)
Mediante acta de fecha 14 de febrero de 2008 (f.1), la abogada Mariluz Josefina Pérez, en su condición de juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, se inhibió de conocer el asunto signado KP02-T-2005-000102, referente al juicio por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, interpuesto por el ciudadano Yadan José García Galíndez, contra el ciudadano Armando Torcate, con fundamento a lo establecido en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 17 de abril de 2008, se recibieron las presentes actuaciones en este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara (f. 29), y por auto de esa misma fecha se fijó para decidir dentro de los tres (3) días de despacho siguientes (f. 30). Estando dentro del lapso legal, quien juzga lo hace conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, de acuerdo a las siguientes consideraciones:
La juez Mariluz Josefina Pérez, fundamentó su inhibición en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y en tal sentido alegó haber emitido opinión sobre el fondo del asunto al dictar en fecha 07 de junio de 2007, sentencia definitiva en el asunto principal signado con el alfanumérico KP02-T-2005-000102, la cual fue anulada por esta alzada en fecha 03 de diciembre de 2007, al ordenar la reposición de la causa al estado en que se encontraba para el 31 de octubre de 2005, oportunidad en que se admitió la acción a los fines de que se agote la citación personal del ciudadano Armando Torcate. Para fundamentar su inhibición agregó a los autos copia certificada de la sentencia de la primera instancia dictada en fecha 07 de junio de 2007 (fs. 5 al 13), y de la decisión proferida por este juzgado superior en fecha 03 de diciembre de 2007 (fs. 14 al 26).
En consecuencia analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, en especial las copias certificadas de las sentencias dictadas por ésta en primera instancia y la emitida por el juzgado superior en la cual anula la del a-quo, en el juicio por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, interpuesto por el ciudadano Yadan José García Galíndez, contra el ciudadano Armando Torcate, signado con el alfanumérico KP02-T-2005-000102, en el que se aperturó la presente incidencia de inhibición, esta juzgadora considera que lo procedente es declarar con lugar la inhibición planteada por la juez Mariluz Josefina Pérez, con fundamento a lo establecido en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y así se declara.
D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de La Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada Mariluz Josefina Pérez, en su condición de juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el asunto signado KP02-T-2005-000102, referente al juicio por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, interpuesto por el ciudadano Yadan José García Galíndez, contra el ciudadano Armando Torcate.
En consecuencia remítanse las presentes actuaciones a la Unidad Receptora de Documentos Civil del estado Lara (URDD), con vista de esta declaratoria con lugar, a fin de que sean enviadas al tribunal que le correspondió el conocimiento del expediente y oficio a la juez inhibida anexándole copia certificada del presente fallo.
Expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintiún (21) días del mes de abril del año dos mil ocho.
Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez Titular,
Dra. María Elena Cruz Faría. El Secretario,
Abg. Juan Carlos Gallardo García
Publicada en su fecha, siendo las 8.50 a.m., se expidió copia certificada, se envió a la URDD Civil de Lara y se remitió copia certificada a la juez inhibida conforme a lo ordenado.
El Secretario,
Abg. Juan Carlos Gallardo García.
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