REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
ACTUANDO EN SEDE DE CIVIL DECIDE ESTE PROCESO ASÍ:
EXPEDIENTE: 19964
MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
SOLICITANTE: POOL EMILIO IZAGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.117.615 y de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE: MARISOL DE JESÚS MARTÍNEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 35.148.
Cumplido el requisito administrativo de la Distribución, en fecha 02 de Junio de 2005, se recibe la presenta solicitud de inserción de partida de Nacimiento, en donde alega el ciudadano POOL EMILIO IZAGUIRRE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.117.615, debidamente asistida por la abogada MARISOL DE JESÚS MARTÍNEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 35.148, alega la apoderada judicial que su representado es hijo de ALGIMIRA IZAGUIRRE HERNANDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.057.580, y que nació en el Hospital Central de Valencia, hoy ciudad hospitalaria Enrique Tejera en fecha 30 de Noviembre de 1966, tal como consta en la tarjeta de presentación expedida por el mismo centro hospitalario que acompaña el escrito, y que por no ser presentada en la oportunidad legal ante las autoridades civiles, su partida de nacimiento no aparece asentada en los libros de la Oficina del Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa del Municipio Valencia del Estado Carabobo, así como también en el Registro Principal, según consta original de Constancia.
Al folio 2 y siguientes, corren insertas constancias de revisión de los Libros Duplicados de Registro de Nacimientos de la Oficina de Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa del Municipio Valencia del Estado Carabobo y de la Oficina Principal del Registro Civil del Estado Carabobo, donde consta que no aparece el acta de Nacimiento de la solicitante.
Al folio 11, riela auto de admisión, se emplazó a la Fiscal del Ministerio Público, se ordenó la publicación del Cartel respectivo y se ofició a la Dirección General Sectorial de Identificación y Control de Extranjeros Caracas. Al folio 13 se designa correo especial a la abogada a los fines de gestionar lo conducente al proceso.
Al folio 19, consta oficio emanado de la Dirección General de Identificación y Extranjería donde informa que en sus archivos aparece registrada una tarjeta alfabética que se produjo por el otorgamiento de la cédula de identidad Nº 7.117.615 de fecha 23/07/1979, cuyo datos filiatorios pertenece el ciudadano POOL EMILIO IZAGUIRRE,. Al folio 27 sonde se libra cartel a el diario El Carabobeño y boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público. Al folio 29 consta consignación de Carteles.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Observa esta Juzgadora que los medios probatorios promovidos y admitidos por este tribunal, en relación a la certificación de la revisión practicada a los libros de la Oficina Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa del Municipio Valencia del Estado Carabobo y la Oficina Principal del Registro Civil del Estado Carabobo, con lo que demuestra que no se encuentra inserta la partida de nacimiento de la solicitante, y por cuanto las mismas no fueron impugnadas ni tachadas, se aprecian de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando de conformidad con el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Inserción y en consecuencia SE ORDENA a la Oficina de Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa del Municipio Valencia del Estado Carabobo y al Registrador Principal del Estado Carabobo INSERTAR, en los libros de Registro Civil llevados por ante esas oficinas PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano POOL EMILIO IZAGUIRRE. Y Así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud y de la presente Sentencia y remítanse a las Autoridades Civiles Competentes. Líbrense Oficios.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en Valencia, a los catorce (14) días del mes de Abril de 2008.
Abg. ISABEL CRISTINA CABRERA DE URBANO
JUEZA TITULAR
Abg. ALBA NARVÁEZ RIERA
LA SECRETARIA
En la misma fecha se expidieron las respectivas copias y se libro oficios Nos. 0397 y 0398 respectivamente.
Abg. ALBA NARVÁEZ RIERA
LA SECRETARIA
Exp. 19.964
ICCU/ANR/AC
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