República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En el día de hoy 08 de abril de 2008, siendo las 1:30 de la tarde, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora Mauricia González y la secretaria titular abogada Yulimar Fonseca, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 2970, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio GERMAN GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 3.384, en el inmueble objeto de la medida, constituido por un apartamento, distinguido con el Nro. 5-B, ubicado en el piso 5, edificio denominado Residencias Cristal I, Urbanización Los Mangos, Parroquia San José del Municipio Valencia Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la medidas de Entrega Material y Embargo Ejecutivo, decretada por el Juzgado Sexto de los Municipios de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 1155. Seguidamente el Tribunal Procede a notificar al ciudadano ELISEO JOSE DUARTE ARRIETA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 5.433.613, el cual quedo impuesto de la misión a cumplir por el tribunal. Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio GERMAN GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 3.384, expone: Solicito al Tribunal designe depositaria judicial y perito avaluador a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil depositaria judicial La Valenciana, C.A, en la persona de su representante legal ciudadano Miguel Ángel Escorihuela, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.7.101.623, y perito avaluador al ciudadana Mari Riera, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro.5.937.794, quienes estando presentes aceptaron al cargo y prestaron el juramento de ley. Seguidamente el ciudadano ELISEO JOSE DUARTE ARRIETA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 5.433.613, expone: En este mismo acto entrego el inmueble objeto de la presente medida, a la parte actora abogado Germán González, en el estado en que se encuentra, libre de bienes y de personas. Acto seguido la parte actora abogado en ejercicio GERMAN GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 3.384, expone: Recibo en este acto el inmueble en el estado en que se encuentra, así mismo señalo al Tribunal para que sea EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el vehículo PLACA: GEC19K, SERIAL DE CARROCERÍA: 1FAFP53U82A124022, SERIAL DE MOTOR: 6CIL, MARCA: FORD, AÑO: 2002, CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO:





SEDAN, MODELO: TAURUS, el cual pertenece al demandado ciudadano ELISEO JOSE DUARTE ARRIETA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.5.433.613, según consta en certificado de registro de vehículo Nro. 1FAFP53U82A124022-1-1 (25959066). Seguidamente el perito avaluador indica que el vehículo señalado presenta las siguientes características: Una abolladura en el guardafango derecho delantero, rayones parachoques delantero y trasero, tiene caucho de repuesto, gato, llave de cruz, equipo de sonido original, cauchos, latonería y pintura en regular estado, Kilometraje 89.012, se desconoce su funcionamiento y vicios ocultos y lo valora en Treinta y Cinco Mil Bolívares (35.000,00). Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el vehículo PLACA: GEC19K, SERIAL DE CARROCERÍA: 1FAFP53U82A124022, SERIAL DE MOTOR: 6CIL, MARCA: FORD, AÑO: 2002, CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, MODELO: TAURUS, el cual pertenece al demandado ciudadano ELISEO JOSE DUARTE ARRIETA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.5.433.613, según consta en certificado de registro de vehículo Nro. 1FAFP53U82A124022-1-1 (25959066), ordenando su traslado a la depositaria judicial designada. Acto seguido la parte actora abogado en ejercicio GERMAN GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 3.384, expone: Solicito al Tribunal que tal como lo establece el articulo 502 del Código de Procedimiento Civil, designe experto fotográfico a los fines de dejar constancia de las condiciones en las que hoy recibo el inmueble. Seguidamente el Tribunal designa experto fotógrafo al ciudadano Germen Delgado, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.3.287.665, quien estando presente acepto al cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente el Tribunal, declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 4:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.