TRIBUNALSEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
196º y 147º
Valencia 01 de Abril de 2008
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Nro. DE EXPEDIENTE: GOP0-L-2007-000786
PARTE ACTORA: FREDDY OMAR MARTINEZ MARTINEZ
ABOGADO APODERADO PARTE ACTORA : FABRICIANA NARVAEZ
PARTE DEMANDADA: RAFAEL MORILLO
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS JAVIER VALDERRAMA y JOSE EFRAIN VALDERRAMA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 01 de Abril de 2008 siendo las 3:30 P.M..dia, a fin de llevar a cabo audiencia conciliatoria en fase de ejecución, en virtud del derecho que asiste a las partes de aplicación por parte de los órganos que imparten justicia, de la aplicación de medios alternos de resolución de conflictos en cualquier grado y estado del proceso, establecido en la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, y ante el llamado del Tribunal, comparecieron a la sede del mismo, los ciudadanos FABRICIANA NARVAEZ Procuradora Especial de Trabajadores I.P.S:A. Nos. 102.556 apoderada de la parte actora FREDDY OMAR MARTINEZ MARTINEZ titular de la cédula de la identidad 3.573.598 y por el demandado RAFAEL MORILLO..titular de la cédula de identidad No. 724.674 debidamente asistido por los abogado en ejercicio CARLOS JAVIER VALDERRAMA y JOSE EFRAIN VALDERRAMA I.P.S.A. Nos.107.999 y 117.948 Dándose así inicio a la audiencia, la representación judicial de la parte demandada le manifiesta al Juez que procede en éste acto a proponer a la parte actora cancelar el monto liquido condenado y cuantificado en audiencia de TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES FUERTES ( Bs.F. 3.241,00) en tres cuotas a razón de MIL OCHENTA BOLIVARES FUERTES ( Bs. F. 1.080,00) cada una de ellas y cuyo pagos se efectuarán el primero de ellos el día 02 DE MAYO DEL 2008, el segundo el dia 2 DE JUNIO DEL 2008 y el tercero y último pago el día 2 DE JULIO DEL 2008 por ante la sede del Tribunal a las 2:00 P.M. con lo cual se alcanza la totalidad del pago del monto condenado. ésta propuesta fue aceptada por la parte demandante y su representación Judicial.. Con la cancelación del mencionado monto la parte demandad da fiel y cabal cumplimiento a la sentencia de fecha 05/11/2007 emanada del Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo .
DEL ACUERDO
En este estado el tribunal de conformidad con el Artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece las facultades legales que tiene el Juez como rector del proceso y las cuales le permiten la aplicación de medios alternativos de solución de los conflictos; medios estos consagrados en el Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , en la forma de pago antes descrita y como monto único y definitivo. de todos y cada uno de los conceptos reclamados y que le corresponden o pudieran corresponderle a FREDDY OMAR MARTINEZ MARTINEZ contra el demandado RAFAEL MORILLO ya identificados conferidos según Sentencia precedentemente citada. El presente acto se ha llevado a cabo de conformidad con las disposiciones de los Artículos 253 y 258 d e la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 3, Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo y con la de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y en vista de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; y en virtud de que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución del conflicto.
DE LA HOMOLOGACION
Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efecto de Cosa Juzgada y exhorta a las partes a dar cumplimiento en los términos como lo establecieron. De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto; déjese copia en el archivo. Terminó, se leyó y conformes firman. Se ordena el cierre y archivo definitivo del presente expediente
LA JUEZ
Abog. GLADYS MIJARES LUY
Parte Actora
Procuradora Especial de Trabajadores
Parte Demandada
Abogados Asistentes Parte Demandada
El Secretario.
Abg.Dayana Tovar
GP02-L-2007-000786
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