REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 16 de abril del año 2008
197° y 149°

EXPEDIENTE N°: GP02-R-2008-000112
Suben las presentes actuaciones a este Tribunal con motivo del RECURSO APELACIÓN interpuesto por el Dr. José Manuel Hernández, Inpreabogado Nº: 20.669, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 07 de marzo del año 2008, en el juicio que por Enfermedad Profesional incoare la ciudadana Amanda Carrera, contra la Sociedad de Comercio “Ferretería EPA”, C.A.
Siendo el día y la hora fijada, a los fines de la celebración de la audiencia, para el pronunciamiento del fallo de manera oral diferido como fue a tales efectos, en fecha 02 de abril del año 2008, de conformidad con lo previsto con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la parte actora-recurrente. Se dio apertura al acto y seguidamente el ciudadano alguacil Eduardo Rodríguez, notificó a la Juez, que en el recinto del Tribunal no se encontraba presente la parte recurrente; en consecuencia, este Tribunal dejó constancia de que la parte actora y recurrente no se encontraba presente, ni por si ni por medio de apoderado judicial que la representare, y en consecuencia se declara desistido el recurso de apelación interpuesto de conformidad con lo contemplado en el artículo 164, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y ASÍ SE ESTABLECE.




DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Dr. José Manuel Hernández, Inpreabogado Nº: 20.669, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 07 de marzo del año 2008, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los 16 días del mes de abril del año 2008. Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

BERTHA FERNANDEZ DE MORA
LA JUEZ


La Secretaria
Mayela Díaz
En la misma fecha se dictó, público y registró la anterior sentencia, siendo
La Secretaria Mayela Díaz

BFdeM/MD/JGRY.-
GP02-R-2008-0000112.