REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
Guanare12 de agosto de 2008
198° y 149°
Visto el convenimiento, entre los ciudadanos YSELIS RAQUEL BETANCOURT SANCHEZ y JHONATHAN JAVIER CASTELLANOS SARMIENTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.881.555 y 13.959.324, respectivamente sobre el establecimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio del niño …………………, de 01 año de edad, el cual quedo establecido de la siguiente manera, Primero el padre compartirá con su hijo los días Martes y Jueves desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p.m. Segundo: el padre compartirá con su hijo los fines de semana cada 15 días, desde el día Viernes a las 6:00 p.m. hasta el día próximo Domingo hasta las 8:00 p.m. Tercero: 24, 25, 31 de diciembre y 1 de Enero el niño lo disfrutara con su padre y con su madre de manera alterna. Cuarto Carnaval y Semana Santa, disfrutara con su hijo de manera alterna. Quinto: el día de la madre y Día del Padre con quien le corresponda. Sexto: el día del cumpleaños del niño lo disfrutara con su padre y con su madre; este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Juez,
Abog. Haydeé Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
HOY/EMJV/Nahomir-
Exp. Civ. Nº 9937