REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 04 de agosto de 2008
198° y 149°

Asunto Principal N° AP21-L-2006-000387
Asunto N° AP21-R-2007-000895

Visto el escrito que antecede presentado por los abogados Emerian Carvajal y Alfonso Contreras, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 115.240 y 115.577, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de los demandantes, ciudadanos Filomena Giuliano y Sabato Giuliano,así como el abogado Luís Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.326, en su carácter de apoderado judicial de las empresas demandadas Representaciones Interfarma C.A., Healthtech 23 C.A., Pisos y Murales Altec C.A., e Interprojects LC C.A., mediante el cual de mutuo acuerdo deciden celebrar una transacción a los fines de poner fin al presente juicio, para lo cual se acuerda un pago único por la cantidad de Cinco Mil Bolívares Fuertes (BsF. 5.000,00) para cada uno de los demandantes, entregados en fecha 30.07.2008 a los apoderados judiciales de los demandantes, según se evidencia de las copias simples anexadas al escrito, y revisada como ha sido la transacción presentada por las partes, se observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo. En consecuencia, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su aprobación y homologa dicha transacción en los mismos términos convenidos por las partes y en tal sentido se le da el efecto de Cosa Juzgada, y da por terminado el presente juicio. Asimismo, se ordena la remisión del presente asunto al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, a los fines legales consiguientes, y por último, a los fines estadísticos respectivos, se ordena librar oficio al Juzgado de Primera Instancia de Juicio, para notificarle las resultas del recurso.


Ingrid Gutiérrez de Querales
La Jueza Titular


Olga Díaz López
La Secretaria