N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-0005759
PARTE ACTORA: JOSÉ CONTRERAS
PARTE DEMANDADA: ESTAKA, C.A. (PAZZO RISTORANTE)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JIMMY MONTENEGRO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, ocho (08) de agosto de 2008, siendo las 3:30 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar el abogada DAYSY GARCÍA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 26.763, y el abogado JIMMY MONTENEGRO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 58.618, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente; dándose así inicio a la audiencia. Las partes comparecientes han llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento en nombre de mi representada ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 3.000,00); cantidad esta que será cancelada el día martes dieciséis (16) de septiembre, en la sede de los Tribunales Laborales, y con el pago que se realice nada quedaría a deber por ningún concepto reclamado, es todo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora y expone: En nombre de mi representado acepto en este acto la cantidad ofrecida por el apoderado judicial de la parte demandada, en los términos y condiciones expuestos, es todo. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y se pronunciará en cuanto a la homologación del acuerdo una vez conste en autos el pago realizado. Se deja constancia que se hace entrega en este acto a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia.
La Juez

El Secretario
Nereida Hernández González

Oscar Rojas