Visto el escrito que antecede, presentado por ante la URDD de este Circuito Judicial en fecha 09/01/2008 personalmente por su firmante, ciudadano MANUEL RAFAEL MERO BARCIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-22.523.018, asistido por OMAIRA MARQUEZ GARCIA, Abogado adscrita a la Casa Municipal de la Mujer, Alcaldía de Caracas, Municipio Libertador, Distrito Capital, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.837, a favor de los adolescentes, mediante el cual solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE DEFUNCION del progenitor, ciudadano JONH FRANCISCO MERO BARCA, esta Sala de juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; Alega el solicitante que en el Acta de defunción que corre inserta en los Libros de Registro Civil de Defunción llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el Acta Nº 1626, folio 313 vto, correspondiente al año 2004, se incurrió en un error material al transcribir los nombres de los descendientes que dejó el De Cujus JONH FRANCISCO MERO BARCIA como “…FRANCISCO DE OCHO AÑOS, YASMIN DE SEIS AÑOS E ILIENA DE CINCO AÑOS DE EDAD…” siendo lo correcto “…JHON ALEXANDER DE DIEZ AÑOS, FRANCIS ANDREINA DE OCHO AÑOS Y DIANA ESTAFANIA DE SEIS AÑOS DE EDAD…”, antes de decidir, este Tribunal observa: Que la solicitante consignó conjuntamente con el escrito de solicitud, el Acta de Defunción cuya rectificación es objeto; y Copias Certificadas de las Partidas de Nacimientos de los adolescente, expedidas respectivamente por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antimano y la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, ambos del Municipio Libertador del Distrito Capital y de la niña expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, en las cuales se demuestra la filiación con su difunto padre, ciudadano JONH FRANCISCO MERO BARCIA.
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