REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal N° 10.
Caracas, (01) de Agosto de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-012610

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar y recaudos acompañados, presentado por la ciudadana EMMA LUISA BUSTILLOS PAZ, en su carácter de Fiscal Encargada Nonagésima Novena (99°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación e intereses de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y Adolescente), hija de los ciudadanos PEDRO EMILIO DUQUE PABON y MARÍA ISABELINA GRATEROL MONTAÑA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-11.935.422 y V-14.992.542, respectivamente. Désele entrada a dicha solicitud, anótese en los libros respectivos y se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, suscrito por los progenitores de la niña antes mencionada, en los términos expuestos en el acta suscrita en fecha dos (02) de Julio de 2008, ante la referida Fiscal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva.- Expídanse copias certificadas de la presente decisión y remítanse mediante oficio a la Oficina de Atención al Público para que sean entregadas a la parte interesa, una vez se aporten los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. LENNI CARRASCO.


AP51-S-2008-012610
Luis Serrano.