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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, seis de agosto de dos mil ocho.
 198º y 149º
 
 ASUNTO: AP51-S-2008-013560.
 
 
 Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial al escrito presentado por la ciudadana DORALICIA HERNANDEZ,  venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-9.991.799, en fecha  04 de agosto de 2008, debidamente asistida por la Abogado NADHEZTKA PONCE, Defensora Pública Décima Tercera (13°) Suplente de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas,  en la cual solicitó autorización judicial para tramitar por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería el pasaporte de su hija, de un año y nueve meses de edad. Este Tribunal acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana  DORALICIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-9.991.799, para que realice todas las diligencias necesaria por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a los fines de obtener el Pasaporte de la niña . Expídase por secretaría copia certificada del presente sentencia  y entréguese a la parte interesada. Cúmplase.
 LA JUEZ
 SARA GUARDIA SOTO.
 LA SECRETARIA
 
 ADRIANA MIRELES
 
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