REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, trece (13) de agosto de dos mil ocho (2008)
Años 198° y 149°

Vista la diligencia de fecha 11 de agosto de 2008, suscrita por el ciudadano JOSÉ AGUSTÍN ALVAREZ, asistido por el abogado FRANCISCO CORDIDO PÁEZ, en la cual se da por notificado de la sentencia que fuere proferida por este Tribunal Superior en fecha 30 de abril de 2003, y al mismo tiempo solicita se libre boleta de notificación a la demandante, este Juzgado Superior observa que dicha solicitud no es contraria a derecho y en consecuencia ordena la elaboración de la correspondiente boleta a los fines de que se practique la notificación a la demandante.

El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata

VJGJ/RM/zov
EXP. N° 8279
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, trece (13) de agosto de dos mil agosto (2008).-
Años 198º y 149º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN SE HACE SABER:

A la Sociedad de Comercio YAMBER, S.A. con domicilio en San José de Costa Rica, con cédula jurídica Nº 3-101-004861-25, inscrita en la sección mercantil del Registro Público, Tomo 35, folio 118, asiento 184, cuya última transformación fue registrada el 20 de julio de 1966, o en su defecto a sus apoderados judiciales abogados MARINA MIRANDA DE QUIROGA Y MAURO JOSÉ VELÁZQUEZ FORNES, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.084 y 7.833, parte demandante en el expediente signado con el N° 8279 nomenclatura de este tribunal contentivo del juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR VÍA DE INTIMACIÓN incoado en contra de JOSÉ AGUSTÍN ALVAREZ SERRANO; Que por auto de esta misma fecha se acordó su notificación en virtud de la sentencia recaída en el presente juicio en fecha treinta (30) de abril de dos mil tres (2003).
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.- Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ,


Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.

VGJ/zov/Exp: 8279