REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 13 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-D-2006-000848

CESACION DE LA SANCIÓN DE PRIVACION DE LIBERTAD

El día 17 de Diciembre de 2007, en sentencia condenatoria el Tribunal de Control 1 de esta Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, Circuito Judicial Penal del Estado Lara, sancionó al joven CARLOS JOSE ORTIZ ORTIZ, venezolano fecha de nacimiento 26-11-1988, de 19 años de edad cédula de identidad Nº 23.487.694, residenciado en Vía Duaca, sector Carrizal parcelamiento los palafitos, casa s/n a una cuadra de la bodega, Barquisimeto, Estado Lara ;con la medida de Privación de Libertad prevista en los artículos 620 literal f y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes, por el lapso de ocho (08) meses, por la comisión del delito de Distribución De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hecho ocurrido el día 12-09-2006 , cuya sanción culmina el 17-08-2008


Determinado que el joven sancionado finaliza su sanción 17-08-2008 y la misma al culminar extingue la responsabilidad penal por cumplimiento; este Tribunal estima procedente la cesación en la fecha indicada. Es de observar que contra el joven cursa otro asunto bajo el numero KP01-D-2005-000781 por el delito de Robo Agravado en Grado de Tentativa, a quien en fecha 18-06-2008 se le dicto Privación de Libertad por el lapso de tres (03) meses, por incumplimiento de las sanción de Imposición Reglas de Conducta que vence el 17-09-2008.




DECISION

Por todo lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta la cesación de la medida de privación de libertad en favor del joven CARLOS JOSE ORTIZ ORTIZ, en la causa seguida por el delito de Distribución De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Remítase Copia de La Decisión Correspondiente al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, Notifíquese al Fiscal y a la Defensa .




El Juez de Ejecución,


Abg. Gerardo Pastor Arias El Secretario