REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, ocho de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-N-2008-000254
Vista la diligencia suscrita en fecha 05/08/2008, por la abogado JANNETH BARRADAS NAHR, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual Desiste de la presente demanda, este Tribunal dado de lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO y ordena proceder como sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Archívese. Así se decide, Administrando Justicia, Actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. L. S. El Juez (FDO) Dr. Freddy Duque Ramírez.La Secretaria Abog Sarah Franco Castellanos.(FDO). La suscrita secretaria del Juzgado Superior Civil y Contenciosos Administrativo de la Región Centro Occidental, Certifica que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y la expide por mandato judicial en Barquisimeto a los ocho (08) días del mes de agosto del año dos mil ocho .Años: 198° y 149°.
La Secretaria,
Abg. Sarah Franco Castellanos.
FDR/ybc.
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