REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 1 de Agosto de 2008
Años: 198° y 149°
ASUNTO: KP02-L-2007-1865
PARTE DEMANDANTE: FRANCISCO RAMOS FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.319.473, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: CESAR GUERRERO, debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 119.695.
PARTE DEMANDADA: LABORATORIOS BIOGALENIC C.A
APODERADAS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: MARIA DEL MAR MUJICA SALAZAR y AMALIA MADALENO FARIA inscritas en el Inpreabogado bajo los nos. 42.881 y 45.445, respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, 1 de Agosto de 2008, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparece por ante este Tribunal por la parte demandada LABORATORIOS BIOGALENIC C.A su apoderada judicial abogada MARIA DEL MAR MUJICA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 42.881. En este estado se deja constancia que anunciado como fue el acto por el alguacil JOSÉ ANTONIO MARQUEZ, el actor FRANCISCO RAMOS FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.319.473, de este domicilio, no compareció ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198º
La Jueza,
Abg. Yraima Betancourt
La Secretaria
Abg. Rosanna Blanco Lairet
La parte demandada,
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