REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO
En el día de hoy, quince (15) de agosto del año dos mil ocho (2008), siendo las 10:40 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la sede de General Motors Venezolana, C.A ubicada en la avenida General Motors de la Zono Industrila II, Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de los abogados Vladimir Villalba y Lucilda Ollaves, inscrito en el inpreabogado bajo los nros. 54.401 y 30.825, respectivamente, en su caracteres de Apoderados Judiciales de General Motors Venezolana, C.A, a fin de practicar la medida decretada por el comitente.- Presente el ciudadano Wilmar Cedeño, titular de la cédula de identidad N° 7.048.292 a quien en su carácter de presidente del Sindicato de Trabajadores de Vencedores Socialistas de la Empresa General Motors Venezolana, C.A (SINVESOC-GMV), y se le procede a imponer de la Medida y a dar lectura al contenido del despacho al notificado y al resto de trabajadores presentes integrantes del respectivo sindicato.- El Tribunal a solicitud de la parte hace constar que ciertamente si se encuentra.- Una gran cantidad de trabajadores con pancartas a las puertas de la empresa.- Se encuentra presente la abogado Finlay Nodyer, titular de la cédula de identidad N° 7.063.868 e Inscrita en el inpreabogado bajo el N° 101.900, quien fue llamada por los trabajadores del Sindicato.- En este estado este Tribunal se retira de la empresa por cuanto no se tiene la seguridad necesaria y los Trabajadores están con ánimos caldeados, gritando que van a trancar la autopista Regional del Centro o se van al palacio de justicia.- Es Todo. Siendo las 10:45 de la mañana interviene la parte actora y solicita se designa un experto fotógrafo para que mediante Cámara fotográfica capte las imágenes del momento en es5te estado el Tribunal designa como fotógrafo al ciudadano Enrique Font, titular de la cédula de identidad N° 7.052.411, quien acepta el cargo y presta el juramento de Ley y procede a tomar las fotografías con una cámara digital marca Sony, serial 3371001. El Tribunal hace constar que los trabajadores presentes no permiten al Tribunal pasar mas allá de la puerta de vigilancia 2 mediante una barricada de 30 personas aproximadamente, manifestando que si existe huelga y que quieren un contrato justo: El Tribunal hace constar que a abogado asistente del notificado manifiesta que iba hacer oposición que a su criterio el Juez de la causa emitió opinión al fondo y que en el día de ayer declararon sin lugar el amparo laboral prohibiendo el acceso a la empresa al resto de los Trabajadores. Se encuentra además de la barricada en el área de estacionamiento aproximadamente doscientas (200) personas que manifestaron ser afiliados del sindicato notificado gritando consignas en contra de la medida y de la empresa.- En este estado interviene el fotógrafo designado y solicita un plazo de 24 horas para consignar las fotos tomadas. Interviene la parte querellante y expone: Solicitamos se nos expida tres (03) juegos de copia certificada de toda la comisión.- el Tribunal acuerda al fotógrafo el plazo solicitado y en cuento a la copias certificadas las acordará por auto separad.- Siendo las 11:05 de la mañana este Tribunal por cuanto no existe la seguridad necesario y los ánimos se encuentran alterados, se retira y regresa a su sede.- Es todo- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisorio, (fdo) Firma Ilegible; La Parte Querellante, (Fdo) Firma ilegible : El Notificado y su abogado asistente; La Secretaria Acc, (Fdo) Zorka Carbonell.