REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 11 de agosto de 2008
198° y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1458
El ciudadano Henry Javier Páez Parra, titular de la cédula de identidad Nº V-11.020.204, actuando en su carácter de representante judicial de FLOREZ Y ARISMENDI, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 01 de diciembre de 1997, bajo el Nº 56, Tomo 30-A, y en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-30492337-6, domiciliada en final Av. Luis Ernesto Branger, C.E. Aerocentro Internacional Valencia, Edif. G, piso 2, oficina G-02-04, Zona Industrial Sur II, Valencia Estado Carabobo, debidamente asistido por el ciudadano Antonio José Pinto Rivero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 106.043, interpuso recurso contencioso tributario el 07 de diciembre de 2006, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2006-05-DF-PEC-40 del 20 de febrero de 2006, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 19 de enero de 2007, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1101, se acordó las notificaciones de ley.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 19 de enero de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Henry Javier Páez Parra, actuando en su carácter de representante judicial de FLOREZ Y ARISMENDI, C.A., plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal y Contralor General de la República, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente y al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del SENIAT. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los once (11) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez titular,
Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
Exp. N° 1101
JAYG/ms/ycv
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