REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 07 de agosto de 2008
198° y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1416
El ciudadano Angelo Cutrone Scarola, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.229.812, actuando en su carácter de Representante Legal de IMPRESOS RONE, S.R.L., domiciliada en la calle Libertad Sur Nº 23, Maracay, Estado Aragua, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 09 de febrero de 1993, bajo el Nº 84, Tomo 523-B, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F), bajo el Nº J-07544898-7, interpuso recurso jerárquico subsidiariamente al recurso contencioso tributario el 29 de diciembre de 2000, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Multa Nº GRTI-RCE-DFD-06-M-68-06 del 27 de abril de 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 31 de octubre de 2005, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 0562, se acordó las notificaciones de ley.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 16 de mayo de 2006.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Angelo Cutrone Scarola, actuando en su carácter de Representante Legal de IMPRESOS RONE, S.R.L., plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal y Contralor General de la República, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los siete (07) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez titular,
Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
Exp. N° 0562
JAYG/ms/gl
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