PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, cinco (05) de agosto de 2008
197º y 149°



ASUNTO: GH02-S-2008-000270


Vista la Transacción de fecha 28 de julio de 2008, presentada por la parte Demandada SDE VENEZUELA, LLC (SUCURSAL VENEZUELA) Representada por el Abogado JOHN TUCKER BARBOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 81.672, y por otra parte el Trabajador DIMIA GONZALEZ asistido por el abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 9.058, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes así como la copia fotostática de un Cheque de Gerencia a nombre del ciudadano DIMIA GONZALEZ, del Banco Venezolano de Crédito, cuenta N° 0600037420, Cheque N° 95414116, y por la cantidad de VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 24.000,00). Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,

ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS



LA SECRETARIA,

MARY ANNA MUGUESSA H.