REPUBLICA BOLIVARIANA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 13 de Agosto del año 2008
198° y 149°
GP02-R-2008-000255.
Por cuanto en fecha 07 de Agosto del año 2008, se realizó Audiencia Oral, Pública y Contradictoria en la presente causa (Folios 176/178), donde aparece como parte Actora el ciudadano JHONATHA ANDERSO MONTILLA MONTILLA, representado judicialmente por los abogados ZORAYA VALADARES y FELIX GUILEN L., y como parte Demandada las Sociedades Mercantiles INDUSTRIAS PROYECCIÓN, C.A. y TECNI-CAS, C.A., en la cual la Jueza que suscribe instó a las partes a la utilización de los medios alternos de resolución de conflictos en la presente causa, ello a los fines de autocomponer el presente litigio.
Y visto que, en la mencionada audiencia de apelación la parte actora y demandada a los fines de autocomponer el presente proceso, la segunda, ofreció a la primera, la suma de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. F.12.000, oo), pagaderos en tres partes, ofrecimiento de pago éste que fue aceptado por la parte accionante en los términos y condiciones expuestos.
Y por cuanto, en fecha 11 de Agosto del año en curso (Folio 190), fue consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Laboral (URDD), diligencia, presentado por la abogada ZORAYA VALLADARES, Apoderada Judicial de la parte Actora, donde deja constancia que recibió del ciudadano BERNARDO QUIRAMA, quien actúa con el carácter de Representante Legal de la Demandada, el primer pago ofrecido; en consecuencia este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA la remisión del presente expediente, al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, a los fines de que continúe los trámites procesales correspondientes y se pronuncie sobre la homologación respectiva.
Notifíquese de la presente decisión al Juzgado de Juicio remitente.
Publíquese, regístrese, remítase este expediente al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial. Líbrese Oficio.
HILEN DAHER DE LUCENA
Juez.
ANMARIELLY HENRÍQUEZ
Secretaria.
En la misma fecha se libró Oficio N° 260/2008 dirigido al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, remitiéndole original el presente expediente constante de 194 folios; un Cuaderno de Recaudos contentivo de un (01) CD., de grabación y otro Cuaderno de Recaudos contentivo de dos (02) CD., de grabación; así como Oficio N° 261/2008, dirigido al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. Se hizo la anotación en el Libro de Entrada y Salida de Causas.
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