REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sala de Juicio Nº 10 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Quince de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2004-002526

Vista el acta que antecede de fecha 15 de Noviembre de 2008, suscrita por las ciudadanas REINA YANEZ MEZA y LETICIA ROMERO GIL, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 6333957 y 12687767, respectivamente actuando en su carácter de Directora de la Entidad de Atención “Casa Hogar Belen” y progenitora de las niñas de autos, y en atención a su contenido, Esta Sala de Juicio acuerda Otorgar permiso navideño a las niñas (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y Adolescente), desde el día 15 de Diciembre de 2008 hasta el día 06 de enero de 2009. Asimismo se autoriza a las mencionadas niñas para que estén con su progenitora ciudadana LETICIA ROMERO GIL, quien se encuentra residenciada en la carretera Petare Santa Lucia antigua hacienda El Nogal, sector San Benito de Palermo Estado Miranda, por lo tanto expídase copia certificada de la presente autorización. Se acuerda Oficial a la oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, a fin de remitirle copia certificada de la presente decisión a la parte interesada. Cúmplase.
LA JUEZ


ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS

EL SECRETARIO

ABG. IVAN CEDEÑO