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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y
 NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
 Caracas,  15  de Diciembre de 2008
 198º y 149º
 
 ASUNTO:  AP51-S-2008-013795
 
 
 Vista las actas procesales que conforman el presente expediente; así como las declaraciones formuladas por los ciudadanos LUIS MIGUEL ALDAYA PLAZA y ANGEL RAFAEL SECO SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.912.361 y  V-7.174.945, respectivamente; y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Juez Unipersonal No. 11, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo previsto  en el artículo 138 del Código Civil Vigente, Autoriza Suficientemente y en forma Provisional, a los fines de que el ciudadano SILVIO D´OSTILIO FELICIANI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.341.771, padre de la (SE OMITE); pueda retirarse  del hogar común, por un lapso de seis (06) meses. Así se decide. Expídase por Secretaria copias certificadas de las presentes actuaciones y notifíquese a la otra parte. Cúmplase con lo ordenado.
 La Juez,
 
 
 Abg. Dania Ramírez Contreras						El Secretario,
 
 
 Abg. Alfredo Pereira
 
 
 DRC//AP//Maria Elena*/Henry
 AP51-S-2008-013795
 MOTIVO: Autorización Judicial para Separarse del Hogar.
 
 
 
 
 
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