REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y
NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 15 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-013795


Vista las actas procesales que conforman el presente expediente; así como las declaraciones formuladas por los ciudadanos LUIS MIGUEL ALDAYA PLAZA y ANGEL RAFAEL SECO SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.912.361 y V-7.174.945, respectivamente; y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Juez Unipersonal No. 11, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo previsto en el artículo 138 del Código Civil Vigente, Autoriza Suficientemente y en forma Provisional, a los fines de que el ciudadano SILVIO D´OSTILIO FELICIANI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.341.771, padre de la (SE OMITE); pueda retirarse del hogar común, por un lapso de seis (06) meses. Así se decide. Expídase por Secretaria copias certificadas de las presentes actuaciones y notifíquese a la otra parte. Cúmplase con lo ordenado.
La Juez,


Abg. Dania Ramírez Contreras El Secretario,


Abg. Alfredo Pereira


DRC//AP//Maria Elena*/Henry
AP51-S-2008-013795
MOTIVO: Autorización Judicial para Separarse del Hogar.