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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Nacional y Adopción Internacional
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 12
 Caracas, Primero (01) de Diciembre del año dos mil ocho (2008)
 198º y 149º
 ASUNTO: AP51-S-2008-014050
 
 Vista la aceptación al cargo de Curador Ad-hoc hecha por el ciudadano GUIDO FAUSTO GEROSA REGUZZONI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad  N° E-81.096.343; esta Juez Unipersonal N° 12, del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE en la persona del ciudadano GUIDO FAUSTO GEROSA REGUZZONI, antes identificado, el Cargo de CURADOR AD-HOC, del Adolescente, de Dieciséis (16) años de edad. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.
 La Juez,
 
 
 Dra. Sara Guardia Soto                                                                         La Secretaria,
 
 
 Abg. Adriana Mireles
 
 SEGS/AM/Richard.-
 Motivo: Curatela
 AP51-S-2008-014050
 
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