REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° XV
Caracas, quince (15) de Diciembre de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-019614
Vista la solicitud presentada por el ciudadano RINO MARTÍNEZ VILERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.077.619, debidamente asistido por la abogada Marina Zambrano Herrera, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 23.204, así como la aceptación y juramentación hecha por el Curador Ad-Hoc designado, ciudadano RICHARD JOSÉ MARTÍNEZ VILERA, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.303.735, en beneficio del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese al solicitante.
LA JUEZ,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA
ABG. KARLA SALAS
YCH/KS/ych.
Motivo: Curatela.
AP51-S-2008-019614