REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy doce (12) de diciembre del año dos mil ocho (2008), siendo las once horas y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA ZULAY BRAVO DURAN y la ABOGADA NELLY VARGAS, SECRETARIA ACCIDENTAL; en compañía y a solicitud de la parte actora ejecutante ABOGADO ARGENIS RAFAEL GUERRA CAMACARO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.099; en la siguiente dirección señalada por el apoderado de la parte actora: Banco Federal Agencia Maripérez, ubicada en la Avenida Andrés Bello, Parque Residencial Danal, Local 6 y 7, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada y ordenada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue ARGENIS RAFAEL GUERRA CAMACARO contra ESTIBEN MARTINEZ RAMOS; expediente N° 45099; recibida por este Juzgado mediante proceso de distribución de fecha 14 de Noviembre de 2008.- Seguidamente en el lugar supra identificado, el Tribunal notificó de su misión al ciudadano MARCO ANTONIO ANGEL TAPIA MILIANI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.964.310, en su carácter de Gerente del Banco Federal.- En este estado la parte actora ejecutante, antes identificado, expone: “Señalo para ser Embargada Ejecutivamente la cantidad de DIEZ MIL CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 10.050,00), que es la cantidad condenada a pagar en la sentencia, disponible en la cuenta de ahorros N° 01330011991100047593, perteneciente a la parte demandada ESTIBEN MARTINEZ RAMOS, titular de la cédula de identidad Nro. 12.617.585, en la presente Institución Bancaria.- Es todo”.- Acto seguido al Gerente notificado, antes identificado, expone: “Informo al Tribunal que de la revisión realizada al sistema computarizado llevado por esta Institución, se desprende que la Cuenta de ahorros Nro. 01330011991100047593 pertenece a ESTIBEN MARTINEZ RAMOS, y al día de hoy tiene disponible cantidad que cubre el monto señalado en la comisión.- Es todo”.- Seguidamente en cumplimiento de la comisión, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE la cantidad de DIEZ MIL CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 10.050,00), disponible en la Cuenta de Ahorros N° 01330011991100047593, perteneciente a la demandada ESTIBEN MARTINEZ RAMOS, en esta Institución Banco Federal; y se instruye al notificado a los fines de que proceda al bloqueo inmediato de la cantidad embargada y emita cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Comitente JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, por la cantidad embargada que asciende a la suma de DIEZ MIL CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 10.050,00).- De seguidas el notificado hace entrega al Tribunal de Cheque de Gerencia N° 32011620, de esta misma fecha, a nombre del Tribunal Comitente, por la cantidad embargada DIEZ MIL CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 10.050,00), No Endosable; el cual se da por recibido para remitirlo al Tribunal Comitente, y se agrega copia fotostática del mismo, para que forme parte integrante de la presente acta.- El Tribunal ordena hacer entrega en este acto a la notificada de copia simple de la comisión y de la presente acta, copias que recibe conforme.- Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de la comisión, su carátula y de la presente acta para ser agregadas al copiador de actas llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 12:20 p.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
ABG. ZULAY BRAVO DURÁN
EL NOTIFICADO
LA PARTE ACTORA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. NELLY VARGAS