REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 12 de Diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2007-009064
ASUNTO : KP01-P-2007-009064
Vista la solicitud de entrega de vehículo presentado por el ciudadano LISANDRO MANUEL SUAREZ CAMPOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.250.895, domiciliado en la calle 57 entre carrera 23 Urbanización el Obelisco bloque 9 E-28 apartamento H 3-2 , en fecha 28.09.2007, este Tribunal de Control No.5 pasa a decidir en los siguientes términos:
Al folio uno (1) cursa providencia administrativa suscrita por la Abg. HERMINIA ARRIETA en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Lara, Solicitante: LISANDRO MANUEL SUAREZ CAMPOS DECLARO IMPROCEDENTE la entrega del vehículo con fundamento en lo contemplado en el Titulo V de los supuestos más frecuentes, numero 3 de la circular N° DFGR/DVFGR/DGAJ/DCJ-5-9-2004-001 EMANADA DE LA Fiscalía General de la Republica .
Cursa Al Folio Dos (2) CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO N° 25927081 A Nombre De INVERSORA VETU C.A Cuyo Rif J001929711, SERIAL DE CARROCERIA EJ6051963 SERIAL VIN PLACAS: XAU309, MARCA TOYOTA, SERIAL DE MOTOR 3F0089869, MODELO SAMURAY, AÑO 1986, COLOR AZUL, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT-WAGON, USO: PARTICULAR, N° PUESTO 5, N° JES 2, TOMO 1895, CAP CARGA, SERVICIO PRIVADO
Cursa al folio cuatro (4) PODER ESPECIAL OTORGADO POR INVERSIONES VETU al ciudadano LISANDRO MANUEL SUAREZ CAMPOS Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.250.895 para que en nombre de la inversora venda vehiculo propiedad de la misma cuyas caracteristicas son las siguientes: Placas : XAU309, SERIAL DE CARROCERIA EJ6051963, SERIAL DE MOTOR: 3F0089869, AÑO 1996 , MODELO ZAMURAY, COLOR AZUL, USO PARTICULAR
Corre inserta al folio cinco (5) Documento constitutivo de la Sociedad Mercantil Inversora VETU Registro Mercantil de la referida sociedad donde se evidencia la constitución, capital, los representantes y administradores de la misma
Cursa al folio veintiséis (26) Oficio suscrito por el Jefe de la sub. Delegación Estado Lara lic. Jesús Maria Mendoza comisario remitido a la Fiscalía Superior mediante el cual informa que el vehiculo clase camioneta tipo Station Wagon, uso particular, Marca Toyota, Modelo Grand Cruiser, color azul, placa XAU-309 Serial Chapa Identificadora de Carrocería FJ62-051963 (Falso), serial de Chasis FJ62-051963 (Original) , serial de motor (original) se encuentra en el estacionamiento el COUNTRY de Cabudare Estado Lara.
Cursa Acta Policial de fecha 19.12.2005 suscrita por los agentes Chirinos Jaime y López Duber donde dejan constancia de lo siguiente: Encontrándonos constituidos en comisión en un dispositivo vial ubicado en la altura del puente macuto (El manzano) cumpliendo instrucciones del SUB/Comisario IRALDID JAVIER TORRES VIZCAYA fue cuando avistamos un vehiculo marca toyota, de color azul, placa XAU-309, donde procedieron a indicarle al conductor mediante señas que estacionara el vehiculo a fin de realizarle inspección de rutina identificándose el mismo como LISANDRO MANUEL SUAREZ CAMPOS quien accedió a la revisión del vehiculo entregando de inmediato el certificado de circulación (original) al momento de verificar la documentación notaron que el mismo presentaba cierta irregularidad que pone en duda su autenticidad por lo que fue puesto el vehiculo antes señalado a la orden del departamento de investigaciones y apoyo criminalistico
Corre inserto al folio treinta y dos (32) EXPERTICIA DE RECONOCMIENTO , REACTIVACION DE SERIALES Y AVALUO REAL Realizado a una camioneta marca Toyota, modelo Land Cruiser, tipo Station Wagon uso Particular, color azul, placas XAU-309 en cuyas conclusiones se establece lo siguiente Chapa identificadora de carrocería FALSA, SERIAL DE CHASI ORIGINAL, PORTA MOTOR ORIGINAL.PLACA ORIGINAL
Corre inserto al folio treinta y cuatro (34) experticia de autenticidad realizado a un CERTIFICADO DE REGISTRO N° 25927081 A Nombre De INVERSORA VETU C.A Cuyo Rif J001929711, SERIAL DE CARROCERIA EJ6051963 SERIAL VIN PLACAS: XAU309, MARCA TOYOTA, SERIAL DE MOTOR 3F0089869, MODELO SAMURAY, AÑO 1986, COLOR AZUL, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT-WAGON, USO: PARTICULAR, N° PUESTO 5, N° JES 2, TOMO 1895, CAP CARGA, SERVICIO PRIVADO, Dado el 2 de Julio del año 2007 numero de autorización 7029JY075157 en cuyas conclusiones se establece que es AUTENTICO el mismo.
Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que solo existe un solicitante, que es el ciudadano LISANDRO MANUEL SUAREZ CAMPOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.250.895, domiciliado en la calle 57 entre carrera 23 Urbanización el Obelisco bloque 9 E-28 apartamento H 3-2 asimismo riela en las presentes actuaciones Certificado de Registro de Vehículo así como el análisis técnico realizado al mismo, para determinar su autenticidad o falsedad, arrojando ser AUTENTICO. Si bien es cierto la experticia nos revela que estamos en presencia de un vehículo con seriales adulterados, lo que impide hacer una entrega definitiva, no es menos cierto, que existe la presunción, salvo prueba en contrario, que los documentos presentado por el solicitante y del cual se hace referencia, lo que aporta a este Tribunal es la buena fe del solicitante en la compra del Vehículo que posteriormente resulta con sériales adulterados.
En tal sentido el Código Civil en el artículo 772 establece que la posesión es legítima cuando es continúa, no interrumpida, pacífica, pública, no equivoca y con intención de tener la cosa como suya propia, por lo que en el presente caso se presume que ha poseído de buena fe desde la fecha de la adquisición del vehículo, en consecuencia, este juzgador considera procedente con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas así como el criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia la cual estableció “ a quienes habiendo acudido al Juez de Control a solicitar su devolución, demuestren en prima facie ser propietario o poseedores legítimos y mas adelante continua la sentencia … en los casos de los vehículos automotores, resulta obligatoria su devolución a quienes exhiban la documentación expedidas por las autoridades administrativas de transito..” , hacerle la entrega en calidad Depósito, con la advertencia que no puede realizar ningún acto de comercio con el vehículo y el mismo es objeto de una investigación que continuará haciendo la vindicta publica, por lo que debe ser puesto a la orden de la Fiscalía o del Tribunal al momento que lo requiera.
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano LISANDRO MANUEL SUAREZ CAMPOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.250.895, domiciliado en la calle 57 entre carrera 23 Urbanización el Obelisco bloque 9 E-28 apartamento H 3-2Segundo: Oficiar al Estacionamiento COUNTRY de este estado, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo clase camioneta tipo Station Wagon, uso particular, Marca Toyota, Modelo Grand Cruiser, color azul, placa XAU-309 Serial Chapa Identificadora de Carrocería FJ62-051963 (Falso), serial de Chasis FJ62-051963 (Original) , serial de motor (original) , al mencionado ciudadano en calidad de depósito. Notifíquese a las Partes, ofíciese a la Fiscalía del Ministerio Público. Regístrese. Cúmplase.
La Juez Quinta de Control
Abg. Alicia Olivares Meléndez
El Secretario.
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