REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL
(SECCIÓN DE ADOLESCENTES)

Barquisimeto, 16 de Diciembre del 2008


ASUNTO: KP01-D-2005-000767

Vista la solicitud efectuada por el abogado BERNARDO MATHEUS en su condición de defensor Privado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, imputado en el presente asunto, en el cual solicita a este tribunal se sirva revisar la medida cautelar de presentación que le fue impuesta a su defendido de cada 8 dias y se le extienda a cada 30 días, revisado por el Sistema Juris 2000 se constata que el mismo cumple cabalmente con la medida impuesta, se acuerda extender la medida cada 30 días.
Este Tribunal acuerda el cambio solicitado en virtud de que el Estado tiene la obligación de garantizar al adolescente imputado un trato acorde con el fomento de su sentido de la dignidad humana, promoviendo la reintegración del adolescente, a los fines de que este asuma una función constructiva en la sociedad. Es todo. Notifíquese a las partes.



LA JUEZ DE CONTROL N° 1


ABOG. FLORANGEL MONASTERIOS

LA SECRETARIA