Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos JOSE JAVIER CASTILLO GODOY y MARLENE PASTORA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N º s 9.610.641 y 7.371.207 respectivamente, y de este domicilio, relacionado con la Obligación de Manutención en beneficio de sus hijos identidad omitida con forme a los establecido en el articulo 65 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y Adolescente, de diez (10) y quince (15) años de edad respectivamente, este Tribunal le da entrada lo admite cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres, o alguna disposición expresa de Ley, en consecuencia dispone homologarlo en los siguiente s términos:
UNICO: “El padre aportará la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00) mensuales que entregará a la madre directamente y esta suscribirá un recibo como prueba del cumplimiento, mas los gastos de vestuario, calzado, útiles, salud, uniformes escolares, decembrinos.”
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos JOSE JAVIER CASTILLO GODOY y MARLENE PASTORA PEREZ, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N º 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, el primer (01) día del mes de Diciembre del año dos mil ocho (2.008). Años: 198° y 149°.
La Juez de Juicio N º 1
Abg. Holanda Emilia Dam Hurtado
La Secretaria
Daglys.-
KP02-S-2008-014973
Homologación de Obligación de Manutención
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