REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-F-2008-000869
La ciudadana ZULAY MARINA PEREZ DE GRATERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.261.969, de este domicilio, manifestó estar separada de su esposo RAUL DARIO GRATERON, venezolano, mayor de edad, con C.I. Nº 4.065.253, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio y copias de las partidas de nacimientos. Admitida la solicitud el 05-08-2008, se acordó la comparecencia de la cónyuge la cual fue lograda en forma personal. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran la ciudadana ZULAY MARINA PEREZ DE GRATERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.261.969, de este domicilio, y el ciudadano RAUL DARIO GRATERON, venezolano, mayor de edad, con C.I. Nº 4.065.253, de este domicilio, por ante el JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA UNIÓN, MUNICIPIO IRIBARREN, ESTADO LARA, en fecha 22 de mayo de 1981. De dicha unión matrimonial procrearon tres hijos los cuales son mayores de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil ocho.
El JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. ANGELICA MENDIGAÑA

Publicada en su fecha a las 3:00 p.m.


HRPB/AM/m. Elena.