REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-V-2008-002193
Visto el DESISTIMIENTO, presentado por la Abogada en ejercicio MARLENE RODRIGUEZ DE ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.928, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora C. A. CENTRAL BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil, en el presente juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, llevado en contra del ciudadano JULIO CESAR VARGAS COLMENAREZ. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad. Devuélvanse documentos originales dejándose en su defecto copias certificadas de los mismos.
El Juez, La Secretaria,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte. Abg. Luisa A. Aguero E
Seguidamente se certificó una copia del presente auto y se certificaron copias de los documentos originales para su devolución.
HRPB/LAAE/lndem.-
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