REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO
Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO

Puerto Cabello, 02 de diciembre de 2008
198º y 149°

Vista la anterior diligencia suscrita en el juicio por Desalojo, presentada por el abogado Eduardo Jurado Laurentin, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 128.356, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Alfred Edilberto Martínez Flores, identificado en autos; este tribunal acuerda en conformidad lo solicitado, en consecuencia, visto el convenimiento celebrado entre las partes en fecha 13 de noviembre de 2008, mediante el cual el demandado de autos, ciudadano José Luis Ojeda, titular de la cédula de identidad No. V-8.517.030, asistido por los abogados Lenyn Rodríguez y Jesús Antías, conviene en todas y cada una de sus partes, tanto en los hechos como en el derecho, en la demanda intentada en su contra; este tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, imparte la homologación y le imprime carácter de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de lo convenido.
La Juez Titular



Abogada CLAUDIA OLAVARRIA

La Secretaria Titular


Abogada MARITZA RAFFO PAIVA

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria Titular



Abogada Maritza Raffo Paiva

Expediente No.
2008 / 8003
francis.