REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 18 de Diciembre del año dos mil ocho
198º y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-002516
PARTE ACTORA: JESUS VILORIA APARICIO
PARTE DEMANDADA: LABORATORIOS ELMOR S.A.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPÍDO
Revisadas las actas procesales de la presente causa se observa que en fecha 17 de Diciembre del año 2008, fue presentado diligencia por la parte actora JESUS VILORIA APARICIO, asistido por el profesional del derecho OLIVER GOMEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 91.628, donde manifiesta “que desiste del presente procedimiento. El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, aunado a la manifestación de voluntad de la parte actora, es por lo que este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador: JESUS VILORIA APARICIO, titular de la cedula de identidad N° 6.886.832, derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en los términos que se estableció, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en los archivos. Años 198° y 149°.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARY ANNE MUGUESSA
En la misma fecha se publicó la presente sentencia del EXPEDIENTE GPO2-L-2008- 0002516 siendo la 1:50 P.M.
LA SECRETARIA,
ABG. MARY ANNE MUGUESSA
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