En horas de despacho del día de hoy Martes 22 de Enero del 2008, siendo las 11:00 a.m. se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Esteller, Turén y Santa Rosalía del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en un inmueble, constituido por una vivienda con su respectiva parcela de terreno, alinderada de la siguiente manera; NORTE: con avenida 9, antes Avenida 5 de Julio que es su frente; SUR: Con casa y solar que es o fue de Francisco Flores; ESTE: Con casas y solares que son o fueron de José Acosta, Justino Díaz y Rafael Rondòn y OESTE: Con terreno municipal, la misma se encuentra ubicada en la avenida 9, antes 5 de Julio de la Ciudad de Villa Bruzual Municipio Turén del estado Portuguesa, sitio indicado por la parte interesada abogados Emad Abosaasi y Salid Aboaasi, inscrito en los inpreabogados bajo los números 88.605 y 60.990 respectivamente, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales del ciudadano: Omar Nassr Hlal, para la practica de la medida de secuestro decretada por el tribunal de la causa en el expediente Nro. C-1242; Demandante: Omar Nassr Hlal; Demandado: Ángelo Alexander Bigotto Rodríguez; motivo: Resolución de contrato de Arrendamiento (Secuestro), encontrándose presentes en este acto los apoderados judiciales Ciudadanos: Abogados Emad Aboaasi y Walid Aboaasi, ya antes identificados, el Tribunal procede a designar como perito avaluador a la ciudadana Carmen Castellano de Delgado, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nro. V- 3.996.303, quien es Representante de la Depositaria Judicial Portuguesa y como Secuestratario al propietario del inmueble ciudadano: Omar Nassr Hlal, ya antes identificado, quienes estando presentes y debidamente notificados de sus designaciones, manifestaron su aceptacion y juraron cumplir bien y cabalmente con los cargos designados. El inmueble objeto de la medida, se encuentra libre de personas y cosas y en la mismas condiciones descritas por el perito avaluador en fecha: 05 de diciembre del 2007. Seguidamente el Tribunal Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Secuestrado el Inmueble antes identificados y descrito, libres de personas y cosas y lo entrega en este acto al secuestratario ciudadano: Omar Nassr Hlal, ya antes identificados, quien lo recibe conforme conforme. Cumplida la misión del Tribunal y siendo las 12:27 p.m. se ordena la restitución a su sede Se terminó, se leyó y conformes firman.
L:S: La Jueza, (fdo)firma ilegible. Abg. Yllani de Lima Jacobo. Los Abogados, Emad Abosaasi y Salid Aboaasi (fdo) firmas ilegibles-. Ángelo Alexander Bigotto Rodrigue. La parte Demandada (fdo) firma ilegible Carmen Castellano de Delgado La Depositaria Judicial, (fdo) firma ilegible- (fdo) firma ilegible- Omar Nassr Hlal (fdo) firma ilegible. El Secretario, (fdo) firma ilegible-Raúl Delgado.