REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
SALA DE JUICIO No. 01 JUEZA UNIPERSONAL No. 01
Guanare, 28 de enero de 2008
197º y 148º
Vista la solicitud formulada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE RAMOS ASUAJE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.054.856, obrando en representación de su hijo, el niño XXXXXXXXXXXXX de 08 años de edad, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio VERONICA MARTINEZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad No. 12.859.112 en su carácter de Defensora Pública Primera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente de esta circunscripción judicial, para que este Tribunal emita autorización judicial para tramitar el cobro de bolívares, por concepto de adelanto de prestaciones sociales y otros beneficios, en razón de la muerte de la ciudadana MARÍA ANTONIA BRICEÑO GARCÍA, ocurrida en fecha 26/11/2006, por ante la Asamblea Legislativa ubicada en esta ciudad, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que el niño tiene la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al ciudadano CARLOS ENRIQUE RAMOS ASUAJE, identificado anteriormente, para que gestione el pago de las cantidades de dinero que le corresponda al niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por los expresados conceptos advirtiéndoles a los organismos, instituciones o empresas que las cantidades de dinero deberán ser remitidas a este Tribunal en cheque a nombre del referido niño. Expídanse por Secretaria tres copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto de Colmenares
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Sol. No. 1935
HRODC/EMJV/miriam q.-
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