REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 17 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-001427
ASUNTO: RP11-S-2004-001427


SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO


Visto el escrito presentado por el Abg. PEDRO NAVARRO, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a este Tribunal Cuarto de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: ENRIQUE JOSÉ CALDEA, por el delito LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano: LUIS REY CEDEÑO, hecho ocurrido en fecha 29-02-2004, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de no poder incorporar elementos nuevos a la investigación y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de imputado alguno.

Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR NO HABER BASES PARA SOLICITAR FUNDADAMENTE EL ENJUICIAMIENTO DEL CIUDADANO: ENRIQUE JOSÉ CALDEA, venezolano, de 33 años de edad, hijo de Eduardo Lorant y Lucrecia Caldea, titular de la cédula de identidad numero 9.937.591, nacido el 15-07-70 y Residenciado en San Juan de Rio Salado, calle pinto salinas casa s/n, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Se estima que no es necesario fijar audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición. En Conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión, remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense Notificaciones.
La Jueza Cuarta de Control

Abg. Mildred Alejandra De Simone. La Secretario Judicial

Abg. León Martínez.