| 
 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008)
 197º y 148º
 
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-002459
 PARTE ACTORA: WILMA LEONOR OSUNA REGALADO
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VIRGILIO BRICEÑO
 PARTE DEMANDADA: CONSORCIO VENEZOLANO DE INDUSTRIAS AERONAUTICAS Y SERVICIOS AEREOS S.A. (CONVIASA)
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN.
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y JUBILACIÓN
 
 
 Hoy, treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008),  día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar,  compareció a la misma el ciudadano abogado MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN,  inscrito en el IPSA bajo el N° 107.058, en su carácter de apoderado de la demandada,   según se desprende de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado al expediente, dándose así inicio a la audiencia. En este estado se dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara  DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Regístrese y Publíquese.-
 
 El Juez Titular
 
 Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
 La Secretaria
 
 Abog. Diraima Virguez.
 |