Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial la solicitud realizada por la ciudadana ALEJANDRA BESTEIRO ALEIXANDRI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-6.928.848, en fecha 22 de enro de 2008, por la cual solicitó a este Tribunal autorización judicial suficiente a los fines de que su hijo SSSSSSSSSSS, de dieciséis (16) años de edad, pueda viajar con ella, en el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 2008 hasta el 09 de febrero de 2008.