REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 08 de enero de 2008
196° y 147°
EXP. N° 24.989
Definitivas Familia.
PARTE SOLICITANTE:
• Ciudadano LEVERSON DEOMON, venezolano, soltero, mayor de edad, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE:
• Dra. ALICIA VARGAS MARCANO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 21.462
MOTIVO: INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Se inicia la presente demanda mediante escrito presentado por el ciudadano LEVERSON DEOMON, venezolano, soltero, mayor de edad, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la abogada ALICIA VARGAS MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 21.462, en la cual solicita que este Juzgado ordene la Inserción de su Acta de Nacimiento, y manifestando el solicitante en su libelo, que no aparece inserta su Partida de Nacimiento en los Libros de Registro Civil de Nacimiento correspondiente, Solicita que en base a lo dispuesto en los artículo 458 y 505 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, se sirva dictar sentencia y se ordene la Inserción de su Acta de Nacimiento.
En fecha 10 de agosto de 2007, este Tribunal dicto auto donde admitió la presente solicitud, y el emplazamiento a todas aquellas personas que puedan verse afectados sus derechos, a los fines de exponer lo conducente con relación a la presente solicitud, dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a la publicación y consignación en el expediente del Cartel que se acordó librar, se ordenó la Notificación del Fiscal del Ministerio Público mediante boleta y anexar a las mismas copias certificadas de la solicitud y del auto de admisión de la solicitud. Asimismo se ordeno oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C). En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación, Cartel de Emplazamiento y oficio respectivo.
En fecha 26 de octubre de 2007 compareció por ante este Juzgado el ciudadano JAVIER ROJAS MORALES, consignó Boleta de Notificación al Fiscal de Ministerio Público, la cual fue sellada y firmada como señal de haber sido recibida en fecha 15 de octubre de 2007.
Mediante diligencia de fecha 31 de octubre de 2007, la abogada LEFFY RUIZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda (102°) del Ministerio Público con competencia en el sistema de Protección al Niño, el Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, emitió opinión favorable con relación a la presente causa.
Por diligencia de fecha 27 de noviembre del 2007, compareció ante este Juzgado el ciudadano LEVERSON DEOMON, identificado en autos, debidamente asistido por el abogado en ejercicio SIXTO ANDRES LOPEZ VELASQUEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.830, consignó el cartel de emplazamiento publicado en el Diario ULTIMA NOTICIAS.
LLEGADA LA OPORTUNIDAD PARA DECIDIR, ESTE TRIBUNAL LO HACE BAJO LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:
Como prueba de lo alegado, el ciudadano LEVERSON DEOMON, antes identificado, anexo a su escrito libelar original de la Constancia de Nacimiento expedida por la Maternidad “Concepción Palacios”, donde se evidencia los datos del ciudadano LEVERSON DEOMON, Peritaje Materno signado con el N° 370 y 370-A provenientes del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y Constancia de no Presentación emanada por el Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Capital y de la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan.
Asimismo observa este Juzgado que transcurrió el lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la consignación del cartel de emplazamiento sin que hubiese comparecido persona alguna para hacer valer sus derechos e intereses en la referida solicitud y por cuanto consta en autos los requisitos exigidos por la representación del Ministerio Público siendo la materia de registro civil está estrechamente ligada al orden público, toda vez que de su estabilidad dependen los derechos primordiales de la vida de las personas naturales, este Tribunal, declara Con Lugar la Inserción solicitada. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud efectuada por el ciudadano LEVERSON DEOMON, antes identificado. En consecuencia se ordena la INSERCIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO. Por lo que se debe insertar el Acta de Nacimiento.-
Remítase adjunto copias certificadas de la decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital para que conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se estampen las notas correspondientes.
Publíquese y Regístrese.
Déjese copia de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Primea Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En caracas a los (08 ) días del mes de enero del año Dos Mil ocho (2.008). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
EL JUEZ TEMPORAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
Dr. JUAN CARLOS VARELA.-
ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-
En esta misma fecha 08 de enero de 2008, siendo las doce y media del medio día (12:30 p.m.), se publico y registro la anterior decisión.
EL SECRETARIO TITULAR,
Exp. N° 24.989
JCV/JOG/Romy*
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