REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de enero de 2008.
Años 197° y 148°


Por cuanto se observó que, en los folios 12, 13, 21 al 25, 137 al 157, 160 al 178, 193 y 252 al 261, existe error de foliatura; este Tribunal en consecuencia, ordena la corrección de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,

Dr. Víctor José González Jaimes
EL SECRETARIO.

Abog. Richars Mata.

Quien suscribe, RICHARS MATA, Secretario Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que, la foliatura enmendada, desde el folio 12, 13, 21 al 25, 137 al 157, 160 al 178, 193 y 252 al 261 inclusive, del presente expediente "VALE". Fecha 13 de enero de 2008.
EL SECRETARIO.

RICHARS MATA



VJGJ/RM/ZOV
Exp. N° 9495
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de enero de dos mil ocho (2008).-
Años 197º y 148º


Por cuanto se observa que existen errores en la foliatura del presente expediente, este Tribunal deja sin efecto el oficio dictado el 06 de diciembre de 2007, ordena subsanar el error en la foliatura y librar nuevo oficio a la Sala de Casación Civil.

EL JUEZ,



DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

EL SECRETARIO,



ABOG. RICHARS MATA








VJGJ/RM/ZOV
EXP. 9495






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de enero de dos mil ocho (2008)
AÑOS 197° y 148°

OFICIO N°. 2008-A-
CIUDADANO:
PRESIDENTE Y MAGISTRADOS DEL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, expediente N° 9495 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Cumplimiento de Contrato de opción de compra venta sigue la ciudadana Lina Mercedes Alzuro de Caldera, en contra de los ciudadanos Norma Edith de la Cruz y José Fuster Ramos, en virtud del recurso de hecho propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra el auto que dictó este Tribunal en fecha trece (13) de noviembre de dos mil siete (2007), mediante el cual negó el recurso de casación anunciado en contra la decisión dictada en fecha cinco (05) de octubre de dos mil siete (2007), constante de una (01) pieza de doscientos setenta y cinco (275) folios útiles.
Remisión que se le hace, en ocasión al recurso de hecho propuesto en contra del auto dictado en fecha trece (13) de noviembre del corriente año, que negó el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandante.
EL JUEZ


DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

VJGJ/zkb
EXP N° 9495