REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, VEINTIUNO (21) de enero de dos mil ocho (2008).- Años 197º y 148°

En vista de que en el presente expediente se declaró desorden procesal, se declaró nula la sentencia de fecha 23 de mayo de 2007 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y se ordenó reponer la causa al estado de dictar nueva sentencia; de conformidad con el fallo dictado por esta Alzada en fecha 04 de diciembre de 2007, se ordena la remisión de este expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas al los fines de cumplir con la dispositiva en ella declarada.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata

VJGJ/RDM/zov
Exp. N° 9691







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 21 de enero de 2008.
Años 197° y 148°

OFICIO Nº 2008-A-
CIUDADANO:
JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 9691 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por RETRACTO LEGAL siguen MANUEL FRANCISCO DE SOUSA JUNIOR E INES DE JESUS DE SOUSA en contra de TINO GIUSEPPE MAIUZZO FERLAUTO Y ROSA MAIUZZO DE TURRI constante de seis (06) piezas, la primera de doscientos veinte (220) folios útiles, la segunda de trescientos once (311) folios útiles, la tercera de cuatrocientos quince (415), cuaderno de medidas de ciento cincuenta y un folios útiles, apelación del cuaderno de medida de ciento treinta y dos (132) folios útiles y el cuaderno de fraude de ciento
Remisión que se le hace a usted, a los fines de dar cumplimiento al fallo dictado por esta alzada en fecha 04 de diciembre de 2007.
EL JUEZ,


Dr. Víctor José González Jaimes
VJGJ/RM/ZOV/ Exp: 9691