REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 18 de Enero de 2008
Años: 197º y 148º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-002119


Visto escrito presentado por la Abogada ERIKA MARIA TOUSSAINT MORALES, líbrese boleta a los fines de que asista a juramentarse como Defensora de confianza del penado JOSE GREGORIO GARCIA, toda vez que consta en autos que fue designada por la madre del penado. Asì mismo notifíquese a la abogada quien es defensora del penado ALINSON ENRIQUE QUERALES, en este mismo asunto, que no procede la solicitud de examen de progresividad del penado, por ella invocada a favor de su representado, pues, tal consta en auto de ejecución de computo de fecha 1-11-07 no le procede en derecho medida alternativa de cumplimiento de ejecución de pena, por ser reincidente, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 del Código Penal en relación con el numeral 1º del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.

La Jueza de Ejecución No. 3

Abog. Pilar Fernàndez de Gutiérrez
El Secretario

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario