REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE


Barquisimeto, 21 de Enero de 2008
Años: 197º y 148º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-X- 2007-000176


Vista la solicitud presentada por el Abogado CRUZ ALEJANDRO MAESYTRE LANZA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 18.522 actuando como defensor privado del penado: PEDRO JOSE DURAN, titular de la cédula de identidad Nro. 10.643.529 se ordena: 1º) Ratificar comunicación al Centro Penitenciarios de Sabaneta (f. 136) 2º) Oficiar al Circuito Judicial Penal del Estado Táchira a los fines de que informe a que Tribunal de Ejecución le fue asignada la causa a los fines de cumplir con la vigilancia de la pena, de conformidad con lo previsto en el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal. 3º Oficiar a la Dirección de la Cárcel el de Santa Ana en el Estado Táchira, a los fines de que informe con carácter de URGENCIA, si al penado le han sido realizados estudios psicotécnicos y la Redención de la Pena. Información que requiere este tribunal antes de pronunciarse sobre la viabilidad del traslado del penado a otro Centro Penitenciario.
Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.
La Jueza de Ejecución No. 3

Abog. Pilar Fernàndez de Gutiérrez
El Secretario

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario