REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 24 de Enero de 2087
Años: 197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-007893

Vista la solicitud presentada por el Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra Nilda Lucrecia Hernández”, a los fines de otorgar un PERMISO EXTRAORDINARIO por los días 25,26,27,28 de Enero de 2008 para el penado: ROJAS CHIRINOS JUAN JOSE titular de la cédula de identidad Nº 8.386.871, a objeto de visitar la tumba de su menor hijo en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, este tribunal declara sin lugar por ser IMPROCEDENTE tal solicitud, pues tales circunstancias penosas y aflictivas desde el punto de vista humano, no se enmarcan dentro de las previsiones propias del Régimen Especial al que se encuentra sometido el penado, quien por lo demás, está sujeto a su tribunal de origen, ejerciendo este tribunal solo la vigilancia penitenciaria, por lo que una decisión que exceda de los parámetros previstos en la ley y reglamento que rige el sistema de Régimen Abierto, siempre deberá ser tramitada con suficiente antelación a los fines de remitirla al tribunal de origen del penado.
Regístrese. Publíquese, notifíquese y remítase copia del presente auto al tribunal de origen. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución No. 3

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez

El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario