Vista la diligencia presentada en fecha 10 de enero del año 2008, por los ciudadanos abogados: GISET VASQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.460 actuando en representación de la Procuraduría General del Estado Lara y RAFAEL LEONIDAS LARA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.389, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual consignan Transacción Celebrada entre las partes intervinientes en este Juicio, con el respectivo comprobante de pago global que abarca el cumplimiento total de la presente reclamación a fin de que este Tribunal se sirva homologar la misma y ordene el cierre y archivo del expediente, este Tribunal dada la solicitud anterior HOMOLOGA LA TRANSACCION PRESENTADA y LA PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA Y ORDENA EL ARCHIVO DEL ASUNTO. Así se decide, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.

El Juez Titular

Dr. Freddy Duque Ramírez

La Secretaria

Abog. Sarah Franco Castellanos

Seguidamente se archivó en ( ) folios útiles.
La Secretaria