REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : KP02-S-2007-013649
El ciudadano RAUL PASTOR CASTILLO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.019.767, de este domicilio, manifestó estar separado de su esposa FABIOLA JOSEFINA DURAN SIRA, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 11.800.333, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 08-08-2007, se acordó la comparecencia de la cónyuge, la cual fue lograda en forma personal. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran la ciudadana RAUL PASTOR CASTILLO RODRIGUEZ Y FABIOLA JOSEFINA DURAN SIRA venezolanos, mayores de edad, titular de las cédula de identidad Nros. 12.019.767 y 11.800.333 respectivamente, de este domicilio, por ante el JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA EL CUJI MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, en fecha 09 de Diciembre de 1991. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Dieciséis días del mes de enero de dos mil ocho.
El JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,

(FDO) (FDO)
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.

Publicada en su fecha a las 11:25 a.m.

HRPB/LAAE/nancy