REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 28 de Enero del 2008
197º y 148º
ASUNTO: KP02-S-2007- 20000
Vista la solicitud que precede suscrita por el ciudadano: ODIN MOHEDI CALDERAS ABREU, venezolano, titular de la cedula de identidad número V.- 6.717.606, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de DOSCIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.250.000.000), equivalente a DOSCIENCTOS CINCUENTA MIL BOLIVARESFUERTES (Bs.F. 250.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano, ODIN MOHEDI CALDERAS ABREU, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CARRERA 23, ACERA NORTE, CRUCE CON LA CALLE 23, JURISDICCION DE LA PARROQUIA CATEDRAL , MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: en siete metros con setenta centímetros (70,70 mts), con terreno ocupado por Pedro Galíndez, SUR: en siete metros (7,00 mts) con la carrera 23, que es su frente ; ESTE: en veintiocho metros con ochenta y cinco centímetros (28,85 mts), con terreno de ocupado por Rafael Pernalete y OESTE: en veintiocho metros con cincuenta centímetros (28,50 mts) con la calle 23. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ
Abg. HAROLD R. PAREDES B. La Secretaria Acc.
Abg. Luisa A. Agüero
HRPB/LAA/mj
|